Nuevas Facultades de la Administración General de Grandes Contribuyentes

A partir del 20 de mayo de 2021, las personas físicas que tengan ingresos iguales o superiores a 300 millones de pesos anuales, sean socios o accionistas de Grandes Contribuyentes o sean propietarias de un patrimonio igual o superior a 300 millones de pesos, estarán sujetas a las facultades de la Administración General de Grandes Contribuyentes y a sus unidades administrativas, conforme a la delegación de facultades publicada el pasado 19 de mayo.

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